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Rechazo de seguros de invalidez 2/3

  • 1 jul
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 3 ago

Los seguros asociados a créditos hipotecarios suelen incluir una cobertura de invalidez total y permanente 2/3. Esta se activa cuando el asegurado pierde al menos dos tercios de su capacidad laboral a causa de enfermedad o accidente, de acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones (D.L. 3.500). La póliza suele cubrir el saldo insoluto de la deuda y, por tanto, la compañía de seguros paga al banco y extingue la obligación del deudor.

Causas frecuentes de rechazo

  1. Falta de dictamen definitivo: algunas aseguradoras exigen el dictamen de invalidez 2/3 en firme. Si el afiliado presenta sólo un certificado médico, el siniestro puede ser rechazado hasta obtener el pronunciamiento oficial.

  2. Preexistencia no declarada: las compañías suelen alegar que la enfermedad que originó la invalidez existía antes de la contratación del seguro y que el asegurado ocultó información en el cuestionario de salud. La ley permite al asegurador declarar nulo el contrato por reticencia, pero debe probar mala fe.

  3. Invalidez parcial: si la incapacidad es inferior a dos tercios, la cobertura no se activa.


Jurisprudencia y protección del asegurado


Se registra un importante caso donde la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a Zurich Santander Seguros de Vida Chile S.A. pagar el saldo de un crédito hipotecario luego de que el asegurado fuese declarado inválido 2/3. La aseguradora alegó que el asegurado padecía una pseudo artrosis previa (preexistencia) y se negó a cubrir. La Corte determinó que la patología no fue diagnosticada antes de la contratación y que no hubo dolo del asegurado. Además, ordenó devolver las cuotas pagadas después del dictamen de invalidez. Este fallo ratifica que la carga de probar la preexistencia corresponde a la aseguradora.

La página educativa de la CMF explica que, en los seguros de desgravamen e invalidez 2/3, después de dos años de cobertura continua, la aseguradora no puede alegar inexactitud en las declaraciones de salud a menos que demuestre fraude o mala.


Recomendaciones


  • Completar correctamente la declaración de salud: al contratar el crédito hipotecario, conteste el cuestionario con honestidad y guarde una copia firmada. Esto reducirá el riesgo de alegaciones de preexistencia.

  • Solicitar el dictamen de invalidez: ante un diagnóstico grave, tramite el dictamen 2/3 lo antes posible. La Comisión Médica determinará la fecha de invalidez; desde esa fecha se deben suspender los pagos del crédito.

  • Reclamar ante la compañía: si la aseguradora rechaza el siniestro, presente los antecedentes médicos y el dictamen. En caso de negativa, eleve el reclamo ante la CMF y, de ser necesario, recurra a la justicia civil.


Los seguros de invalidez 2/3 protegen al deudor frente a contingencias serias. Un rechazo injustificado puede ser revertido con apoyo legal y la presentación de los informes médicos pertinentes.

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