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Rechazos de siniestro por denuncio extemporáneo

  • 1 jul 2025
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 3 ago 2025

En los seguros de daños y responsabilidad civil rige la obligación de denunciar un siniestro oportunamente. El artículo 524 N° 7 del Código de Comercio exige que el asegurado dé aviso al asegurador tan pronto sea posible una vez tomado del hecho, indicando sus causas y circunstancias. La finalidad de la norma es que la aseguradora pueda investigar el origen del siniestro y prevenir el agravamiento del riesgo. Muchas pólizas utilizan este plazo para rechazar siniestros cuando la denuncia se presenta extemporáneamente.

Sin embargo, la jurisprudencia ha matizado este deber. La misma ley exige que las reglas de la póliza no pueden imponer cargas más gravosas que las legales. Por ejemplo, para el seguro de garantía “compra en verde”, sólo se obliga al asegurado a adoptar medidas para evitar que la obligación se haga más onerosa y a resguardar los derechos de la aseguradora; no establece plazo alguno para la denuncia. Por ello, cuando las condiciones de la póliza fijan plazos irrazonablemente breves, los tribunales han considerado que no son oponibles al asegurado.

En la práctica, los Juzgados de Policía Local, Juzgados Civiles y las cortes exigen que el asegurador demuestre que el retardo impidió una adecuada investigación o provocó un perjuicio real. Si la tardanza no privó a la aseguradora de verificar los hechos, la Corte Suprema ha señalado que no corresponde rechazar la cobertura. Además, existen pólizas que exigen notificación “tan pronto sea posible” sin fijar días exactos; en estos casos se analiza la diligencia del asegurado y la existencia de fuerza mayor (por ejemplo, hospitalización).

Consejos para evitar el rechazo

  1. Revisar la póliza y sus plazos: antes de contratar, es importante conocer el plazo de denuncio. Si el contrato fija menos de tres días, podría considerarse abusivo. Una asesoría legal puede ayudar a negociar condiciones razonables.

  2. Denunciar rápidamente: ante la ocurrencia de un siniestro, avise a su aseguradora por escrito dentro de los tres días siguientes. Guarde comprobantes (correo electrónico, carta certificada) y comunique todos los hechos.

  3. Justificar la tardanza: si no fue posible denunciar en el plazo (por lesiones graves u otra causa), adjunte pruebas de la imposibilidad. La buena fe y la pronta colaboración reducen el riesgo de rechazo.

  4. Impugnar el rechazo: si la compañía rechaza por extemporaneidad, solicite la revisión de la liquidación. Debe acreditar que el retardo no generó daño. En caso de insistir la aseguradora, puede recurrir a la vía judicial.


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